Auto Supremo AS/0700/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2010

Fecha: 21-Dic-2010

CONSIDERANDO: que del análisis de los actuados procesales, se evidencia que la parte acusadora presentó


CONSIDERANDO: que del análisis de los actuados procesales, se evidencia que la parte acusadora presentó su Recurso de Casación dentro del término establecido por Ley, y haciendo una relación de los antecedentes de los hechos, indicó que la Sentencia fue dictada en base a fundamentos legales, donde los hermanos Aguilar en ningún momento demostraron su derecho propietario sobre la pequeña fracción de terreno objeto de la lítis, lo que hace pensar que el falló fue pronunciado sin que se haya omitido ni vulnerado el debido proceso; expresando a la vez que el Auto de Vista carece de una adecuada sindéresis y compulsa de los antecedentes del proceso al anular la Sentencia con el argumento simple de que el a-quo no realizó la fundamentación correcta, apreciación que cae en contradicción con los antecedentes del mismo proceso, porque en el Auto de Vista que resuelve la Apelación Incidental refieren que el juez de la causa ha dado correcta valoración a las normas (...), empero, en el Auto de Vista recurrido indican que ante la insuficiencia de prueba el a-quo no realizó la fundamentación correcta de la Sentencia, sin indicar en que pruebas radica la errónea valoración, por lo manifestado el Tribunal de alzada infringió el artículo 413 del Código de Procedimiento Penal; y es más, en la parte resolutiva del fallo recurrido no se indica si la anulación de la Sentencia es total o parcial. Por último el recurrente solicitó se declare fundado su recurso y se case la Sentencia