Auto Supremo AS/0700/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2010

Fecha: 21-Dic-2010

Que, por lo relacionado y según consta del merituado recurso; el recurrente si bien no


Que, por lo relacionado y según consta del merituado recurso; el recurrente si bien no adjuntó copia de la Apelación Restringida, ello se debe a que no recurrió de la Sentencia, empero, al serle contrario a sus intereses el Auto de Vista éste está habilitado para interponer el Recurso de Casación en aplicación al principio del persaltum, donde debe invocar necesariamente con claridad los precedentes contradictorios y señalar con precisión los probables defectos absolutos, situación que no ocurrió en el caso de autos, ya que no se mencionó ningún precedente contradictorio y los probables defectos absolutos denunciados no constituyen defectos, porque la Resolución que resuelve la Apelación Incidental se basa en otros tópicos diferentes al Auto recurrido que corresponde a una apelación restringida; por ello, la inobservancia de los requisitos de admisibilidad como sucede en el caso de Autos, da lugar a la denegación de la admisión del presente Recurso intentado, conforme a la previsión de los artículos 418 y 417 párrafos segundo y último del Código de Procedimiento Penal