POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 315 del Código de Procedimiento Penal, rechaza el incidente de actividad procesal defectuosa formulado por Ángel Oscar Villarroel Diaz
- VISTOS : El incidente de actividad procesal defectuosa formulado por el imputado Ángel Oscar Villarroel
- CONSIDERANDO: Que de los antecedentes que cursan en obrados se establece
- 2
- 3
- 4
- 5
- CONSIDERANDO: Que, el imputado solicitó el rechazo de la denuncia y la querella, en mérito
- Que, el Fiscal General de la República rechazó lo solicitado argumentando que el Ministerio Público
- Que, la resolución emitida por el Fiscal General de la República, se encuentra debidamente fundamentada
- Por determinación del artículo 304
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y comuníquese
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2010
