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3.- En el presente caso se citó correctamente el art. 39 de la Ley Nº 1178, como ley general, pero en aplicación del art. 5º in fine de la L.O.J., corresponde aplicar el Código Procesal del Trabajo
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- MINISTRA RELATORA: Beatriz A. Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO: Que la demandante, solicita complementación del aludido auto supremo indicando que
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- 4.- Indica también que adjuntó al expediente, dos autos supremos como jurisprudencia al caso presente
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- CONSIDERANDO: Que del análisis de lo solicitado, se tiene lo siguiente
- POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Para resolución, previa convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
