Auto Supremo AS/0047-C/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047-C/2010

Fecha: 20-Abr-2010

CONSIDERANDO: Que del análisis de lo solicitado, se tiene lo siguiente


CONSIDERANDO: Que del análisis de lo solicitado, se tiene lo siguiente:

1.- Los arts. 196 inc. 2) y 276 del Cód. Pdto. Civ., prevén que corresponderá a este tribunal supremo, a pedido de parte formulado dentro de las veinticuatro horas de la notificación y sin sustanciación, corregir cualquier error material o aclarar algún concepto oscuro, suplir cualquier omisión, pero sin alterar lo sustancial de la resolución