Auto Supremo AS/0117/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2010

Fecha: 06-May-2010

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara


POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara NO HABER LUGAR a la complementación y enmienda del Auto Supremo número 103 de 30 de abril de 2010, y dispone la devolución del expediente al Distrito de origen, previo otorgamiento de las fotocopias legalizadas solicitadas por el impetrante, quien deberá, en el día de su notificación, proveer los recaudos necesarios, bajo alternativa de procederse a la devolución dispuesta