Auto Supremo AS/0152/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2010

Fecha: 11-May-2010

CONSIDERANDO II: Que de la revisión de obrados se evidencia que el Auto Supremo Nº


CONSIDERANDO II: Que de la revisión de obrados se evidencia que el Auto Supremo Nº 317/2009 de 13 de noviembre de 2009 (fojas 56 y vuelta), rechazó la admisión de la demanda por su presentación extemporánea, conforme el articulo 780 del Código de Procedimiento Civil, que previene el plazo fatal de 90 días contados desde la fecha de notificación con la resolución impugnada, además, que a fojas 53 cursa la fecha de notificación y que la demanda fue interpuesta fuera del plazo