Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0174/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0174/2010

    Fecha: 08-Jun-2010

    PARTES: Ramiro Ulises Velez Vargas c/ Burger King Bolivia

    SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 174

    Sucre, 08 de junio de 2010

    DISTRITO: La Paz PROCESO: Social

    PARTES: Ramiro Ulises Velez Vargas c/ Burger King Bolivia
    • PARTES: Ramiro Ulises Velez Vargas c/ Burger King Bolivia
    • MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación deducido por el representante legal de BOLIVIAN FOODS S
    • Este fallo motivó el recurso de casación interpuesto por Carlos Ricardo García Ibáñez, en representación
    • Concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo se
    • CONSIDERANDO II: Que conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de
    • Que a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el representante
    • Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Min. Esteban Miranda Terán
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca