Auto Supremo AS/0225/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2010

Fecha: 25-Jun-2010

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, dando aplicación a la regla establecida por la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal sobre duración de las causas sustanciadas con el régimen anterior, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL correspondiente al proceso seguido a querella de la Universidad Mayor de San Simón de Cochabamba contra Jorge Luis Aguayo Salguero y Juan José García Velasco y, en consecuencia, ordena el archivo de obrados