Auto Supremo AS/0247/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2010

Fecha: 04-Jun-2010

CONSIDERANDO: Que, en relación a las excusas de los Ministros Jorge Von Borries M




CONSIDERANDO: Que, en relación a las excusas de los Ministros Jorge Von Borries M., Beatríz Sandoval de Capobianco y Esteban Miranda Terán, se hace necesario expresar los siguientes aspectos que pasamos a exponer:

Que, el instituto de la excusa -tal cual señala Manuel Osorio en su Diccionario Jurídico - es entendido como "la abstención espontánea de los jueces cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias legales que hacen dudosa la imparcialidad consubstancial con la administración de la justicia (...)", siendo por tanto la excusa una decisión voluntaria del Juez de excluirse de participar en el proceso por estar comprometida su imparcialidad, y se constituye en un derecho inherente a su personalidad, debiendo estar justificada conforme a ley