Auto Supremo AS/0247/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2010

Fecha: 04-Jun-2010

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 6º de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, declara ILEGALES las excusas formuladas por los Ministros Jorge Von Borries M., Beatríz Sandoval de Capobianco y Estaban Miranda Terán, componentes los dos primeros de la Sala Social Primera y el tercero de la Sala Social y Administrativa Segunda de este Tribunal, imponiéndoseles de conformidad a la norma citada y al art. 3º del Reglamento de Multas Procesales del Poder Judicial de Bolivia, aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Nº 144/2004 de 9 de noviembre la multa de tres días de haber a ser descontados por habilitación y declara LEGAL la excusa formulada por el Ministro Hugo. R. Suárez Calbimonte, Presidente de la Sala Social y Administrativa Segunda, debiendo notificarse a los Ministros nombrados con la presente resolución y a la sección Habilitación de este Tribunal