POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, en desacuerdo con el Requerimiento Fiscal de fecha 10 de mayo de 2005 (fojas 586 a 588) declara HA LUGAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, a favor del procesado Freddy Juan Limachi Laura con referencia a la causa sustanciada en su contra por los delitos de homicidio y lesiones graves en accidente de tránsito y conducción peligrosa de vehículo, debiendo en consecuencia procederse al archivo de obrados, salvando el derecho del querellante a la reparación del daño civil causado
- Partes: Hernán Aguilera Albornoz c/ Freddy Juan Limachi Laura y PRODASA S.A
- Delitos: Homicidio y lesiones en accidente de tránsito y conducción peligrosa de vehículo
- CONSIDERANDO: que el indicado proceso tramitado según las reglas del Código de Procedimiento Penal de
- Que emergente del recurso de apelación interpuesto tanto por el procesado Freddy Juan Limachi y
- CONSIDERANDO: Que la Ley 1970 publicada el 31 de mayo de 1999 en su Disposición
- Que a los fines de la resolución que corresponda en la vía de previo y
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
