Que la Sentencia Constitucional número 101 de 14 de septiembre de 2004 establece que el
Que la Sentencia Constitucional número 101 de 14 de septiembre de 2004 establece que el órgano jurisdiccional a tiempo de resolver sobre la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso debe analizar en términos objetivos y verificables el origen o motivo de la dilación de la causa y que "la extinción sólo puede ser conforme a la Constitución, cuando se constate que la no conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por ambas disposiciones es atribuible a comisiones o falta de diligencia debida de los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones del imputado o procesado"
- Partes: Ministerio Público c/ Zulma Guzmán Soria, Jaime Camacho Herbas y Luís Cotrina Velasco
- Delitos: Trafico Ilícito de Sustancias Controladas
- VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- CONSIDERANDO: que el proceso de referencia tuvo comienzo con Auto de Apertura de Proceso el
- Que ante recursos de apelación que al respecto interpusieron el representante del Ministerio Público y
- CONSIDERANDO: que ante la señalada solicitud de extinción de la acción penal por vencimiento del
- Que la Sentencia Constitucional número 101 de 14 de septiembre de 2004 establece que el
- Que se ha podido apreciar que durante la tramitación del proceso no se han observado
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
