POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo en parte con el Requerimiento Fiscal (fojas 256 a 257), aplicando la regla contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso correspondiente a la causa por estelionato seguida por el Ministerio Publico a querella de Walter Eleuterio Chura Ayala contra Isidro Vidaurre Bolívar y Lidia Teresa Guzmán de Vidaurre, y, en consecuencia, ordena archivo de obrados dejando sin efecto las medidas jurisdiccionales que se les hubieren impuesto, sin perjuicio del derecho de la parte querellante a recurrir a la acción civil en resguardo de sus intereses
- Partes: Ministerio Público y Delfina Zubieta Chugar c/ Isidro Vidaurre Bolivar y Lidia Teresa Guzmán
- Delitos: Estelionato
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de junio de 2004 por Isidro Vidaurre
- CONSIDERANDO: que el proceso de referencia, tramitado con sujeción a las reglas del Código de
- Que debido a que contra la mencionada sentencia el procesado Isidro Vidaurre Bolívar interpuso recurso
- Que contra ese Auto de Vista, el procesado interpuso recurso de casación que es caso
- CONSIDERANDO: que de la revisión detallada del proceso se desprende que transcurrieron nueve años sin
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
