Auto Supremo AS/0346/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2010

Fecha: 03-Ago-2010

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis se tiene


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis se tiene:

Que analizados los fundamentos del fallo de alzada en relación a las argumentaciones vertidas por el recurrente, este Tribunal no halla mérito para la casación impetrada, en razón que el fallo de alzada, se ajusta a la previsión de los arts. 162 de la C.P.E., 4º de la L.G.T., resolviendo el fondo de la litis con la pertinencia de los arts. 190 y 236 del Cód. Pdto. Civ., por cuanto, no hace sino reconocer los derechos demandados por el trabajador por el trabajo realizado en días domingos y feriados en los años no prescritos de su relación laboral con el Municipio demandado, fallo que va en correspondencia con la confesión espontánea que a guisa de fundamento expresa el recurrente en el memorial del recurso, refiriendo que no existe constancia o un detalle institucional que sirva de descargo de los días que el actor fue compensado por los días domingos y feriados trabajados, limitándose a la afirmación de que los acuerdos adoptados sobre dichas compensaciones son normales, diarios y corrientes en las relaciones con los trabajadores municipales