Que en la especie, el recurso que se analiza no se ajusta al marco conceptual
Que en la especie, el recurso que se analiza no se ajusta al marco conceptual antes anotado careciendo de la técnica recursiva que exige el planteamiento de esta acción extraordinaria, por cuanto, si bien dice recurrir en el fondo y en la forma, sin embargo, se limita a reiterar los argumentos de su apelación referida a cuestiones de hecho ajenas a la instancia laboral que ya fueron puntualmente resueltas por el tribunal de alzada, asimismo, el recurrente, confundiendo la distinta naturaleza jurídica y fines también diferentes que persiguen tanto la casación en el fondo como la casación en la forma, a través de ambos recursos, pretende la nulidad del proceso, solicitando la aplicación de los arts. 253 Nums. 1) y 2) y art. 254 Num. 7) del Cód. Pdto. Civ., en el fallo de lo principal del litigio, sin advertir que dichas disposiciones legales contienen únicamente las causales por las que procede el recurso de casación ya sea que se plantee en el fondo o en la forma, respectivamente, por lo que, en sí mismas, no pueden ser susceptibles de infracción alguna en la solución del fondo de la litis, y asimismo, cuando impugna a través de esta acción extraordinaria, la sentencia de primera instancia, olvidando que contra ella, ya agotó el recurso ordinario de apelación previsto en el art. 219 del Cód. Pdto. Civ., pretensión incongruente en la inteligencia de los arts. 250, 253, 254, 258, 271-3-4, 274 y 275 del Cód. Pdto. Civ
- AUTO SUPREMO Nº 403 Social Sucre, 28 de agosto de 2010
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
