Que en ese entendido, el Auto Supremo Nº 372/2010, cuya complementación y enmienda se solicita,
Que en ese entendido, el Auto Supremo Nº 372/2010, cuya complementación y enmienda se solicita, fue emitido en términos claros y precisos, sin que exista ningún aspecto oscuro, omisión o error material de hecho que amerite ser aclarado, suplido o corregido, máxime si en ella se explicó que en juicios de responsabilidades no hay la posibilidad de la doble instancia, por no existir un Tribunal superior en jerarquía
- PARTES: Fiscal General de la República c/ Jacinto Morón Sánchez y Otros
- CONSIDERANDO: Que, habiéndose formulado en tiempo hábil y oportuno por la imputada la solicitud de
- CONSIDERANDO: Que al respecto, se debe tomar muy en cuenta, que el artículo 125 del
- Que en ese entendido, el Auto Supremo Nº 372/2010, cuya complementación y enmienda se solicita,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Al Otrosí 1º.- Franquéese por Secretaría de Cámara conforme lo solicitado
- Al Otrosí 2º.- Por adjuntadas
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 2/2010
