POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones en aplicación de la regla establecida por el primer parágrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Alejandro Condori Puma de fojas 144 a 1147, impugnando el Auto de Vista de 25 de mayo de 2009 emitido por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Cochabamba
- PARTES: Ministerio Público y Otra c/ Alejandro Condori Puma
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Primero de Sentencia de la ciudad de Cochabamba, pronunció Sentencia Nº
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación de fs
- Que examinado detalladamente el recurso de nulidad o casación interpuesto, se evidencia que el mismo
- Invoca como precedentes los Autos de Vista de 29 de septiembre de 2006, dictado por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
