En grado de apelación formulada por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
En grado de apelación formulada por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, Auto de Vista Nº 199/06 de 19 de septiembre de 2006, cursante a fs. 210, complementado en 14 de octubre de 2006 a fs. 212 vta., confirma en parte la sentencia apelada Nº 65/2005 de 30 de agosto de 2005, cursante a fs. 140-144, modificando la liquidación practicada en la suma de Bs.9.600,10, monto a ser indexado en ejecución de fallos conforme el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- AUTO SUPREMO Nº 469 Social Sucre, 23 de septiembre de 2010
- PARTES: Gladis Martínez Orihuela c/ Empresa BCP ALPACA DESING S.R.L
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
- Que contra la resolución de vista, Beatriz Canedo Patiño, formula el recurso de casación que
- CONSIDERANDO II: Que conforme ha establecido este Tribunal en numerosos fallos y de manera uniforme,
- En la especie, el recurso interpuesto por la demandada, no cumple con la técnica recursiva
- Consiguientemente, no estando cumplidas las formalidades previstas por el art
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar la disposición contenida en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal
