Auto Supremo AS/0015/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2011

Fecha: 18-Ene-2011

Que el tribunal de alzada emitió el Auto de Vista de 4 de abril de


Que el tribunal de alzada emitió el Auto de Vista de 4 de abril de 2007 de fs. 104, considerando la apelación planteada en el efecto devolutivo en el que fue concedido, no siendo en tal carácter susceptible de recurso ulterior, tomando en cuenta, además, que el art. 32 inc. c) del D.L. 10173 de 28 de marzo de 1972, prevé que, contra el Auto de Solvendo el ejecutado podrá, dentro del término de tres días, oponer las excepciones dilatorias y reclamos que pudieren favorecerle, excepciones estas, que luego del trámite correspondiente serán resueltas por el juez de primera instancia, pudiendo las partes apelar de dicha resolución, ante las Cortes Superiores de Distrito, plazo que en la especie, no fue observado por el recurrente, quien interpuso la apelación de fs. 79-80 del testimonio, en fecha 28 de abril de 2006, tal cual consta en el cargo de presentación de fs. 80 vlta., después de ejecutoriado el Auto de Solvendo, conforme el Auto de fs. 57 fechado en 26 de julio de 2005