Auto Supremo AS/0038/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2011

Fecha: 29-Ene-2011

5


5.- La jurisprudencia sentada en lo que concierne a la competencia de los Jueces y Tribunales para conocer y resolver las solicitudes de extinción de la acción penal, expuesta en el Auto Supremo No 540 de 20 de diciembre de 2005 y en el Auto Supremo Nº 424 de 8 de diciembre de 2005 señalan de manera uniforme que, cuando el pedido de extinción de la acción penal se impetra directamente ante el Tribunal de Alzada, la resolución que emita esta autoridad no es susceptible de recurso ulterior, como tampoco admite recurso alguno, el Auto Supremo que resuelva una excepción de extinción de la acción penal estando el proceso en casación