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3. Contra ese Auto de Vista se presentó el recurso de casación que es motivo de autos, con argumento expuesto en sentido de que no hubo ánimo delictivo de su parte; que fue devolviendo por cuotas la suma recibida según el contrato, y que, por todo ello, correspondía una sentencia absolutoria o una condena menor en razón de la causal de atenuante por arrepentimiento establecida por el numeral 3) del artículo 40 del Código Penal
- Partes: Mirtha Muñoz Moyano C/ Carlos Alfredo Aguirre Dávila
- Delito: Estelionato
- Ministro Relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda
- VISTOS: el recurso de casación presentado por Carlos Alfredo Aguirre Dávila el 16 de noviembre
- CONSIDERANDO: que para los fines de emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta
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- CONSIDERANDO: que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, analizados y contrastados con los
- Que el artículo 37 del Código Penal establece las reglas para la determinación judicial de
- Que respecto al caso de referencia existen circunstancias que atenúan la pena por tratarse de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
