CONSIDERANDO: que para los fines de emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta
CONSIDERANDO: que para los fines de emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes antecedentes:
1. Mirtha Muñoz Moyano, el 21 de septiembre de 1999 presentó ante el Ministerio Público denuncia formal por el delito de estelionato en razón de que ella suscribió un contrato de anticresis con Carlos Alfredo Aguirre Dávila al término del cual el propietario no cumplió con su obligación de restituirle la suma de dinero. Ella supo posteriormente que dicho inmueble se encontraba en garantía hipotecaria, motivo por el cual inició contra él la correspondiente acción penal. Luego de la etapa del Plenario, la causa concluyó con sentencia de 26 de mayo de 2006 (fojas 278 a 286) que declaró a Carlos Alfredo Aguirre Dávila autor del delito de estelionato y por ello lo condenó a cumplir la pena de cuatro años de privación de libertad, más pago de daños civiles y costas a favor de la parte civil y el Estado
- Partes: Mirtha Muñoz Moyano C/ Carlos Alfredo Aguirre Dávila
- Delito: Estelionato
- Ministro Relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda
- VISTOS: el recurso de casación presentado por Carlos Alfredo Aguirre Dávila el 16 de noviembre
- CONSIDERANDO: que para los fines de emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta
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- CONSIDERANDO: que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, analizados y contrastados con los
- Que el artículo 37 del Código Penal establece las reglas para la determinación judicial de
- Que respecto al caso de referencia existen circunstancias que atenúan la pena por tratarse de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
