Auto Supremo AS/0279/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2011

Fecha: 07-Nov-2011

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones y con la participación del Presidente de la Sala Penal Segunda Jorge Monasterio Franco, en aplicación del numeral 3) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 321, CASA de forma parcial el Auto de Vista en relación únicamente al quantum de la sanción, imponiendo a Carlos Alfredo Aguirre Dávila, la pena de tres años de privación de libertad al ser declarado autor del delito de estelionato previsto en la sanción del artículo 337 del Código Penal, manteniendo en lo demás incólume las resoluciones de grado