Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0045/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0045/2011

    Fecha: 04-Feb-2011

    PARTES: Israel Ramiro Hernán Guzmán La Fuente c/ Empresa Terminal de Buses Cochabamba S.A

    SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 45

    Sucre, 4 de febrero de 2011

    DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social

    PARTES: Israel Ramiro Hernán Guzmán La Fuente c/ Empresa Terminal de Buses Cochabamba S.A
    • PARTES: Israel Ramiro Hernán Guzmán La Fuente c/ Empresa Terminal de Buses Cochabamba S.A
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducido por el representante de la empresa demandada (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación de fs
    • Concluyó solicitando se dicte auto supremo, casando el auto de vista recurrido declarando improbada la
    • CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de
    • Que de la revisión del recurso, se colige que la empresa recurrente no ha cumplido
    • Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca