Auto Supremo AS/0077/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0077/2011

Fecha: 15-Mar-2011

Por lo expuesto, se evidencia de manera clara que no existe conflicto de competencias que


Por lo expuesto, se evidencia de manera clara que no existe conflicto de competencias que se haya suscitado entre jueces de diferentes distritos, que active la facultad establecida en el artículo 55 numeral 17 de la Ley de Organización Judicial y que este Tribunal Supremo deba dirimir, menos conocer "en grado de consulta" como si se tratara de una excusa; por lo que corresponde devolver lo obrado a la autoridad remitente para que imprima el trámite legal que corresponda