CONSIDERANDO: Que Melvy Adriana Cors Rejas alude en su nota presentada el 28 de marzo
CONSIDERANDO: Que Melvy Adriana Cors Rejas alude en su nota presentada el 28 de marzo de 2011 que formaliza recurso de revocatoria contra la determinación adoptada por la Sala Plena el 22 de marzo de 2011, en virtud a la cual, se decidió agradecer sus servicios por encontrarse dentro de los grados de incompatibilidad establecidos en la Constitución Política del Estado, artículo 22 de la Ley Nº 025 y artículo 20 inciso j) de la Ley Financial de 2010, debido a que considera que no hay razón de incompatibilidad que pueda ser alegada como fundamento para asumir dicha decisión en virtud a que es personal de confianza de la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco y en tal calidad no le alcanza los criterios de incompatibilidad ni selección previstos para el resto del personal judicial
- AUTO SUPREMO: 120/2011
- FECHA: 26 de abril de 2011
- CONSIDERANDO: Una vez elevadopor ante la Sala Plena de este Alto Tribunal el informe de
- CONSIDERANDO: Que Melvy Adriana Cors Rejas alude en su nota presentada el 28 de marzo
- CONSIDERANDO: Que el artículo 22 de la Ley del Órgano Judicial vigente por mandato de
- En virtud a los antecedentesanotados que informan la presente causa y los argumentos esgrimidos precedentemente,
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la
- No intervienen la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Aideé Martinez Cuba
- ecretaria de Cámara.
