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    Auto Supremo AS/0277/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0277/2011

    Fecha: 10-May-2011

    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad


    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por los artículos 50 inciso 1); 417, y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación de fojas 807 a 808, interpuesto por Eddy Eduardo Ticona Gutiérrez y Lucía Canes Ance
    • CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del Recurso de Casación, se debe observar los requisitos prescritos
    • CONSIDERANDO: que del examen de los actuados procesales, se evidencia que los recurrentes, estando conforme
    • De donde resulta que el Recurso de Casación citado líneas supra no cumple con los
    • POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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