Por lo señalado se establece que el recurrente, no dio cumplimiento a lo que exige
Por lo señalado se establece que el recurrente, no dio cumplimiento a lo que exige la jurisprudencia del Supremo Tribunal en sentido de señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado, a objeto de que el Tribunal de Casación establezca la contradicción acusada, omisión por la que el Recurso deviene en inadmisible. Pues no es suficiente señalar el supuesto precedente sino que es preciso argumentar concretamente, de qué modo se presenta la contradicción con cada uno de los supuestos precedentes
- VISTOS: el Recurso de Casación interpuesto por Félix Iriarte Virreyra, de fs
- Arguye que el Auto de Vista contiene una fundamentación repetitiva de la Sentencia, pronunciada en
- Alega que se lo imputó por el delito de favorecimiento a la evasión, tipificado en
- Al respecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nos
- Con tales argumentos pide se declare procedente el Recurso de Casación y se deje sin
- CONSIDERANDO: que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el supremo tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los antecedentes del caso, se evidencia que con el Auto de Vista de
- Que, el Recurso de Casación fue interpuesto dentro del término previsto por Ley, empero no
- Asimismo señaló como supuesto precedente el A
- Aspectos que no demuestran la existencia de contradicción con el auto de vista recurrido, toda
- Por lo señalado se establece que el recurrente, no dio cumplimiento a lo que exige
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
