POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por los artículos 50 inciso 1); 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por José Jacinto Ponce López, corriente de fojas 264 a 266 de obrados
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del Recurso de Casación, es menester observar los requisitos exigidos
- Que, en la especie, se advierte que el recurrente José Jacinto Ponce López, si bien
- CONSIDERANDO: que corresponde recordar que de acuerdo a la normativa procesal penal actual, el Recurso
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
