CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes antecedentes:
1.- El 18 de junio de 1996, Toribio Tapia Valencia presentó ante la Policía Técnica Judicial de la ciudad de La Paz, denuncia contra Clara Fernández Romero, afirmando que ella el 16 de abril de 1991, sorprendiéndole en su buena fe le hizo firmar un acta de reconocimiento de hijos, documento con cuyo testimonio logró obtener certificados de nacimiento, todo ello sin cumplimiento de formalidades legales. Ese acto dio motivó para inicio de la investigación correspondiente a cuya conclusión y previo requerimiento del Ministerio Público, se dispuso la organización de sumario penal contra Clara Fernández Romero, por comisión de los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado, y contra Fernando Baldellón Rodas por complicidad para comisión de esos delitos (fojas 50). Al termino de la fase del plenario la causa concluyó con sentencia de 7 de mayo de 2004 (fojas 556 a 562) absolviendo a los procesados Clara Fernández Romero y Fernando Baldellón Rodas, de culpa y pena por los delitos acusados
- Partes: Toribio Tapia Valencia C/ Clara Fernández Romero y Fernando Baldellón Rodas
- Delito: Falsedad material y uso de instrumento falsificado
- VISTOS: el recurso de casación presentado por Toribio Tapia Valencia el 24 de marzo de
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- CONSIDERANDO: que del examen de antecedentes que cursan en el expediente, se llegó a las
- El recurso en cuestión se limitó a señalar en forma ambigua y genérica algunas normas
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
