CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de
CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación se asimila a una nueva demanda de puro derecho que debe contener los requisitos esenciales enumerados en el Art. 258 del Código de Procedimiento Civil; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación, ya sea en la forma, en el fondo o en ambos casos, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa
- PARTES: H. Alcaldía Municipal de Sacaba c/ Walter Heredia Soliz y otros
- MINISTRA RELATORA: Beatriz Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- En apelación deducida por el coactivado Alexander Sassha Torrico Tumaev (fs
- La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el coactivado
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, case el auto de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de
- En autos, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente, no cumplió con
- El recurrente ignora que conforme establece la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación
- En ese marco legal, se concluye que lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
