El recurrente ignora que conforme establece la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación
El recurrente ignora que conforme establece la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas conforme a las causales insertas en la norma prevista por el art. 253 del Cód. Pdto. Civ., mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores "in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, especificadas en el art. 254 del mismo cuerpo legal, lo que no ocurre en el caso en análisis
- PARTES: H. Alcaldía Municipal de Sacaba c/ Walter Heredia Soliz y otros
- MINISTRA RELATORA: Beatriz Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- En apelación deducida por el coactivado Alexander Sassha Torrico Tumaev (fs
- La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el coactivado
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, case el auto de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de
- En autos, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente, no cumplió con
- El recurrente ignora que conforme establece la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación
- En ese marco legal, se concluye que lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
