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    Auto Supremo AS/0222/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0222/2011

    Fecha: 05-Jul-2011

    POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda por


    POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda por haberse presentado fuera del plazo previsto por ley
    • AUTO SUPREMO: 222/2011
    • PARTES Minera San Cristóbal S.A. c/ Autoridad General de Impugnación Tributaria
    • FECHA: Sucre, cinco de julio de dos mil once
    • CONSIDERANDO: Que, el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso
    • Que revisando la documental adjuntada al memorial que antecede, se evidencia que Iván Jorge Villarroel,
    • POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda por
    • No intervienen la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados
    • Regístrese, notifíquese y cúmplase
    • Ramiro José Guerrero Peñaranda
    • Aideé Martínez Cuba
    • ecretaria de Cámara.

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