POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Omar Alex Rodríguez Lliulli, impugnando el Auto de Vista de 28 de septiembre de 2007, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Dalcy Vaca Cababa, por el delito de tráfico ilícito de sustancias controladas
- Partes: Ministerio Público C/ Omar Alex Rodríguez Lliulli
- Delito: Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 172) interpuesto por Omar Alex Rodríguez Lliulli, impugnando el
- CONSIDERANDO: que para emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes
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- CONSIDERANDO: que en el caso de autos el recurrente señaló que el Tribunal de Apelación
- Que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal establece que el recurso de casación
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
