Auto Supremo AS/0287/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2012

Fecha: 28-Nov-2012

Regístrese, comuníquese y cúmplase

Que en la especie, de la revisión de obrados se colige que los argumentos planteados en la reposición, ciertamente son reiterativos a los expuestos en anterior recurso similar e incidente de nulidad, los que ya merecieron consideración y fueron resueltos mediante A.S. Nºs. 184/2012 y 185/2012, ambos de fecha 18 de julio de 2012 que cursan a fs. 412 y 413 de obrados; de donde se concluye, que el criterio expresado por este Tribunal en los referidos fallos, no ha variado, al contrario se mantiene incólume, máxime al tratarse de resoluciones de carácter definitivo, que no admiten recurso de reposición.
POR TANTO: Se rechaza el recurso de reposición de fs. 416 a 417 y, se mantiene firme y subsistente el tenor de lo dispuesto en los Autos Supremos Nºs. 184/2012 y 185/2012, ambos de fecha 18 de julio de 2012. Con costas, bajo apercibimiento de aplicarse en lo posterior la sanción prevista en el art. 184 del Cód. Pdto. Civil, en consecuencia, se dispone la prosecución del trámite de la causa.
No interviene la Magistrada Norka Natalia Mercado Guzmán por encontrarse en viaje oficial
Regístrese, comuníquese y cúmplase