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    Auto Supremo AS/0333/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0333/2012

    Fecha: 23-Nov-2012

    Siendo inexcusable el error en que han incurrido el Juez y los Vocales signatarios de


    Siendo inexcusable el error en que han incurrido el Juez y los Vocales signatarios de la sentencia y auto vista impugnados, se les impone multa de 200 Bolivianos a cada uno de ellos
    • Proceso: Extinción de comodato, reivindicación y pago de cláusula penal moratoria
    • Partes: Walter Germán Herrera Céspedes c/ Eduardo Figueroa Erazo
    • Esta resolución superior dio lugar al recurso de casación en el fondo y en la
    • CONSIDERANDO: que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al Juez o Tribunal
    • La conclusión de<http://pjcsjweb
    • La sentencia que pone fin y<http://pjcsjweb
    • Ahora bien, en la demanda, como acto básico dentro este proceso, su importancia es capital
    • El artículo 254 numeral 4) del Código de<http://pjcsjweb
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • Siendo inexcusable el error en que han incurrido el Juez y los Vocales signatarios de
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
    • Fue de voto disidente la Magistrada Dra. Elisa Sánchez Mamani
    • Regístrese notifíquese y devuélvase
    • ibro Tomas de Razón 333/2012

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