I
CONSIDERANDO: Que efectuado el análisis respectivo se llega a las siguientes conclusiones:
I. El Recurso de Casación fue interpuesto por la impetrante dentro del término establecido por ley, sin embargo la recurrente omite adjuntar el recurso de Apelación Restringida, siendo este el único medio de prueba permitido, para la constatación de la cita de precedentes
I. El Recurso de Casación fue interpuesto por la impetrante dentro del término establecido por ley, sin embargo la recurrente omite adjuntar el recurso de Apelación Restringida, siendo este el único medio de prueba permitido, para la constatación de la cita de precedentes
- PARTES PROCESALES: Remberto Iván Collazos Garcia contra Virginia Rivera Espinoza, Hilario Montaño Apaza
- DELITO: despojo
- CONSIDERANDO: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- 1
- CONSIDERANDO: Que, para la admisibilidad del recurso de casación, resulta menester observar y cumplir con
- El art
- I
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
