ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 507/2012
Sucre: 14 de diciembre de 2012
Expediente: LP-124-12-S
Partes: Alicia Bedregal Estivares c/ Leandro Equiza Mamani
Proceso: Divorcio
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Alicia Bedregal Estivares a fs. 92 y vlta., impugnando el Auto de Vista de No. S-323/12 de fecha 28 de agosto de 2012, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Divorcio seguido por Alicia Bedregal Estivares contra Leandro Equiza Mamani, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez 1ro. de Partido de Familia de El Alto, emitió la Sentencia Nro. 164/2011 de fecha 10 de agosto de 2011 cursante de Fs. 69 a 70 y vlta., declarando probada la demanda de Divorcio de fs. 6, por la causal del art. 131 del Código de Familia, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos Alicia Bedregal Estivares y Leandro Equiza Mamani. En ejecución de sentencia se dispone la cancelación de la partida matrimonial, se homologa la Resolución Nro. 255/2010 cursante de Fs. 42 vlta., con la modificación de que se suprime la Asistencia Familiar a favor de la demandante a partir de la ejecutoria de la sentencia
SALA CIVIL
Auto Supremo: 507/2012
Sucre: 14 de diciembre de 2012
Expediente: LP-124-12-S
Partes: Alicia Bedregal Estivares c/ Leandro Equiza Mamani
Proceso: Divorcio
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Alicia Bedregal Estivares a fs. 92 y vlta., impugnando el Auto de Vista de No. S-323/12 de fecha 28 de agosto de 2012, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Divorcio seguido por Alicia Bedregal Estivares contra Leandro Equiza Mamani, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez 1ro. de Partido de Familia de El Alto, emitió la Sentencia Nro. 164/2011 de fecha 10 de agosto de 2011 cursante de Fs. 69 a 70 y vlta., declarando probada la demanda de Divorcio de fs. 6, por la causal del art. 131 del Código de Familia, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos Alicia Bedregal Estivares y Leandro Equiza Mamani. En ejecución de sentencia se dispone la cancelación de la partida matrimonial, se homologa la Resolución Nro. 255/2010 cursante de Fs. 42 vlta., con la modificación de que se suprime la Asistencia Familiar a favor de la demandante a partir de la ejecutoria de la sentencia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que la resolución devendría de la demanda invocada en la causal del Art
- Con ello plantea recurso de Casación al entender que se violaría y no aplicaría correctamente
- Debe quedar establecido a efectos de un mayor entendimiento de un recurso de casación y
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
