Que la resolución devendría de la demanda invocada en la causal del Art
Que la resolución devendría de la demanda invocada en la causal del Art. 131 del Código de Familia, y esto se habría originado por el abandono de unos 25 años, extrañando a la recurrente la cuestión accesoria de la asistencia familiar y de conformidad con los arts. 143, 144 del Código de Familia, debiera determinarse el principio de culpabilidad de uno de los cónyuges, que en este caso fuera ella al haber sido abandonada por mas de 25 años y haber -dice- sufrido daño moral y material. Que el fallo atentaría contra sus derechos de mujer y madre, con el antecedente que el demandado no habría contribuido en la manutención de sus hijos
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que la resolución devendría de la demanda invocada en la causal del Art
- Con ello plantea recurso de Casación al entender que se violaría y no aplicaría correctamente
- Debe quedar establecido a efectos de un mayor entendimiento de un recurso de casación y
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
