Auto Supremo AS/0547/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2012

Fecha: 20-Dic-2012

Bajo dichos lineamientos, se concluye que los plazos procesales pueden computarse por días, así como

Bajo dichos lineamientos, se concluye que los plazos procesales pueden computarse por días, así como de momento a momento, entendiendo así que para el caso de los plazos procesales que se cuentan por días, el término comienza a correr desde el día hábil siguiente a la notificación y culmina el último momento hábil del día que corresponde; mientras que para los plazos que se cuentan de momento a momento, el cómputo se inicia desde el momento de la notificación y culmina en la hora similar del día en que se cumplen los concedidos como plazo