Auto Supremo AS/0013/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0013/2012

Fecha: 01-Feb-2012

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RESULTANDO
El recurso de casación interpuesto por Zulma Pacesa Quispe Yujra, cursante a fs. 142 y vta., mediante el cual objeta el Auto de Vista 63 de 19 de octubre del 2011, cursante de fs. 128 a 129, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Lydia Laura Pañuni de Quispe contra la ahora recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP).
ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
1.- Lydia Laura Pañuni de Quispe, presentó acusación particular contra la ahora recurrente y Gabriel Huañapaco Mamani, por la comisión de los delitos de Difamación e Injuria previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del CP; a consecuencia de esta acusación, se celebró el juicio oral ante el Juzgado Segundo de Partido y Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, instancia que dictó sentencia condenatoria contra Zulma Pacesa Quispe Yujra, declarándola autora y culpable de la comisión de los delitos de Difamación e Injuria, condenándola a la pena de prestación de trabajo de seis meses y multa de sesenta días, más el pago de costas, daños y perjuicios; con respecto a Gabriel Huañapaco Mamani, éste fue absuelto de los delitos por los que se presentó la acusación