En suma, todos estos aspectos demuestran la falta de motivación y pertinencia de la resolución
En suma, todos estos aspectos demuestran la falta de motivación y pertinencia de la resolución emitida y especialmente la omisión del cumplimiento de las normas citadas precedentemente, impidiendo que este Tribunal pueda analizar los recursos formulados por ambas partes, pues no puede emitirse criterio jurídico respecto de circunstancias de fondo que no fueron resueltas por el Tribunal de Alzada
- CONSIDERANDO II: Que del análisis del expediente, corresponde señalar que el Tribunal Supremo de Justicia
- En este contexto, es menester señalar que conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso
- Esto implica que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a
- La motivación de las resoluciones judiciales entraña en el fondo, una necesaria argumentación y ésta
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el artículo 190 del citado adjetivo civil, dispone que: "La sentencia pondrá
- De la revisión del expediente se advierte que el Tribunal de Alzada al momento de
- A lo indicado, se establece que el Tribunal de Apelación, abstrayéndose de las funciones inherentes
- Ahora bien, con relación a los demás puntos, referidos a la omisión de pruebas presentadas
- En suma, todos estos aspectos demuestran la falta de motivación y pertinencia de la resolución
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en sujeción a
- Se impone multa de Bs. 100 a los Vocales signatarios del Auto de Vista
- Póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo, en virtud del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
