POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad al art
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad al art. 202 numeral 11 de la Constitución Política del Estado, DECLINA COMPETENCIA PARA CONOCER Y RESOLVER el conflicto de competencia suscitado entre el Juez de Partido Mixto y Sentencia Nº 2 de Sacaba y el Juez Agrario de Cochabamba (Expediente 76/2011), disponiendo la remisión de obrados al Tribunal Constitucional Plurinacional, sea con las formalidades de rigor
- EXP. N°: 76/2011
- PARTES: Entre el Juez de Partido Mixto y Sentencia Nº 2 de Sacaba y Juez
- FECHA: Sucre, quince de mayo de dos mil doce
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del presente proceso se establece que el conflicto de competencia
- Que, de conformidad al art
- Que, en el presente caso se ha suscitado un conflicto de competencia entre un tribunal
- Que, en la presente causa corresponde remitir el conflicto de competencia suscitado al Tribunal Constitucional
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad al art
- No intervienen el Presidente Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina y la
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
