CONSIDERANDO: que, del análisis y cotejo del recurso de casación en la forma y en
CONSIDERANDO: que, del análisis y cotejo del recurso de casación en la forma y en el fondo se llega a las siguientes conclusiones:
El artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, establece con claridad, que el recurso de casación se interpondrá en el plazo fatal e improrrogable de ocho días a contar desde la notificación con el auto de vista. Esta norma legal señala tres aspectos esenciales: Su carácter fatal e improrrogable, el plazo de ocho días y el momento desde el que se computa su vigencia. Es decir, que el transcurso de este plazo, por aplicación de la regla general prevista en el artículo 141 del adjetivo civil, es ininterrumpido y corre de momento a momento. Sólo se interrumpe durante las vacaciones judiciales. Aspecto superabundantemente ratificado por la jurisprudencia de la ex Corte Suprema de Justicia
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