En la especie, la recurrente omitió distinguir la casación en el fondo, es decir, no
En la especie, la recurrente omitió distinguir la casación en el fondo, es decir, no precisó lo que pretende, habida cuenta que no especificó las causales de casación en el fondo, detalladas en el inciso 3) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, haciendo alusión general a este ordinal sin distinguir el error de hecho del error de derecho en la apreciación de las pruebas, no otra cosa significa que sin esta distinción haya llegado incluso a citar normas estrictamente de naturaleza procesal -a saber, “los artículos 190 y 397 del Código de Procedimiento Civil”- cuando supuestamente recurre en el fondo; además de pretender que en base al presente e impreciso recurso el Supremo Tribunal ingrese ha censurar la apreciación y valoración de la prueba realizada por los jueces de grado
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