Que, el error de hecho en la apreciación de las pruebas de cargo con referencia
Que, el error de hecho en la apreciación de las pruebas de cargo con referencia a la vinculación laboral y el hecho de que MANACO S.A., es una empresa subsidiaria de BATA SHOE ORGANIZATION se demostró con las siguientes literales:
A fs. 141 y su traducción de fs. 303, se evidencia la fecha de contratación inicial del actor que data del 26 de enero de 1964, por la que surgió la vinculación obrero patronal con la empresa transnacional BATA SHOE ORGANIZATION, la cual al tener varias subsidiarias a nivel mundial, envía a su personal a desempeñar sus labores en los países que estima conveniente, aspecto debidamente identificado por el a quo, en estricta observancia del artículo 59 del Código Procesal del Trabajo y particularmente por los artículos 4 de la LGT y 162 de la CPE abrogada y 48 de la CPE actual
A fs. 141 y su traducción de fs. 303, se evidencia la fecha de contratación inicial del actor que data del 26 de enero de 1964, por la que surgió la vinculación obrero patronal con la empresa transnacional BATA SHOE ORGANIZATION, la cual al tener varias subsidiarias a nivel mundial, envía a su personal a desempeñar sus labores en los países que estima conveniente, aspecto debidamente identificado por el a quo, en estricta observancia del artículo 59 del Código Procesal del Trabajo y particularmente por los artículos 4 de la LGT y 162 de la CPE abrogada y 48 de la CPE actual
- CONSIDERANDO I: Que, planteada la demanda de reintegro de beneficios sociales que corre de fs
- En cumplimiento del Auto Supremo, el a quo, emitió sentencia de 12 de diciembre de
- I.1. Recurso de casación
- I
- Que, los Vocales en el punto 2 del Único Considerando del Auto de Vista recurrido,
- I.1.2. Error de hecho en la valoración de la prueba
- I.1.2.1. De la supuesta relación empresarial entre MANACO S.A. y BATA SHOE ORGANIZATION
- Que, en el recurrido Auto de Vista se llegó a la equivocada conclusión de que
- Que, el contrato de asistencia técnica, data del 20 de junio de 1982; sin embargo,
- I.1.2.2. De la vinculación entre el demandante y BATA SHOE ORGANIZATION
- Que, el error de hecho en la apreciación de las pruebas de cargo con referencia
- A fs
- Mediante documentos de fs
- Que, el diccionario de la Real Academia Española define por subsidiaria a la empresa que
- I.1.3. Error de derecho en la valoración de las pruebas de cargo
- Que, el Tribunal ad quem, incurrió en error de derecho al haber desconocido las literales
- I.1.4. Aplicación indebida de la ley
- Que, los de alzada han dejado de aplicar el mandato contenido en el artículo 160
- Mediante proveído de 26 de agosto de 2005 de fs
- Esa documentación establece fehacientemente e inobjetablemente todos los puestos ocupados por el actor dentro la
- Que, el recurrido Auto de Vista fue dictado el 5 de septiembre de 2012, sin
- CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el
- De la atenta revisión de los antecedentes que conforman el expediente, se evidencia que, lo
- II.1.2. En relación al error de hecho en la valoración de la prueba
- Para resolver este agravio, es preciso responder en conjunto a los puntos: II
- En el Derecho Internacional Privado, los actos jurídicos se rigen por la ley del lugar
- Tal cual afirma el actor en su recurso de casación, a fs
- En lo que respecta a la relación laboral con la empresa - ahora demandada -
- II.1.4. Respecto a la aplicación indebida de la ley
- II
- En obrados logramos evidenciar que, el Auto de Vista Nº 155/2012 de 5 de septiembre
- Por lo expuesto, se establece que, Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
