- CONSIDERANDO: que, la Jueza Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de nulidad y casación se llega a
- En el contexto establecido precedentemente, los recursos de “casación en el fondo” y “casación en
- Asimismo, en virtud de la naturaleza jurídica de las acciones extraordinarias señaladas, en el recurso
- Técnicamente no hay recurso de casación, cuando se plantea uno en el que no se
- En la especie, la recurrente omitió distinguir la casación en el fondo y la casación
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 562/2013
