Apelada la Sentencia por la parte demandada y también por los actores (fs
Apelada la Sentencia por la parte demandada y también por los actores (fs. 466 y vlta. y 474 y vlta.), mediante Auto de Vista Nº 278/2012-SSA-I de 21 de diciembre de 2012 (fs. 492 a 494), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Sentencia Nº 96/2009, disponiendo que se incluya en las liquidaciones el bono de antigüedad, incremento salarial, además de los subsidios a favor de la actora Ivonne Jeaneth Castro Álvarez, estableciendo en consecuencia que la empresa demandada a través de su representante legal cancele a favor de Wiston Wilder Mercado Cuba Bs. 28.181.-, Efraín Mamani Huanca Bs.18.856.-, Esperanza Soledad Castro Álvarez Bs.69.686.-, Nelly Lidia Huanca Sarmiento Bs.22.061.- e Ivonne Jeaneth Castro Álvarez Bs.32.447,50, montos a ser actualizados en ejecución de Sentencia conforme al Decreto Supremo Nº 28699. Luego, por medio del Auto Nº 74/2013 de 7 de mayo de 2013, cursante a fs. 496, dispuso no ha lugar a la enmienda y complementación solicitada a fs. 495
- Expediente: 361/2013-S
- Magistrada Relatora: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Apelada la Sentencia por la parte demandada y también por los actores (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación, se
- Ahora bien, debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en el fondo tiene
- Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de lo previsto en el artículo
- En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso sub lite, de acuerdo a lo
- Por lo expuesto y evidenciándose que el recurso de casación de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
