En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso sub lite, de acuerdo a lo
En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso sub lite, de acuerdo a lo esgrimido en el memorial de fs. 498, se advierte que la parte demandada recurrente planteó recurso de casación en el fondo y en la forma, lo que implica que debió hacer un análisis sobre la existencia de errores “in iudicando” e “in procedendo” en el trámite del proceso, explicando en términos claros y precisos la vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida de las normas que presume cometió el Tribunal ad quem y la posible solución jurídica a la situación planteada, así como el error de derecho o hecho en que hubiese incurrido en la valoración de las pruebas o los errores procedimentales que dieren lugar a una posible nulidad de obrados, no siendo suficiente expresar con simplicidad y sin ningún respaldo jurídico que por ser ajena al presente caso y estando claramente identificado el propietario de la empresa demandada, interpone el presente recurso de casación en el fondo y en la forma, sino que la recurrente estaba obligada a realizar una exposición precisa de los fundamentos legales que respalden sus argumentos para luego enmarcarlos en uno o todos los parámetros previstos por los artículos 253 y 254 del Código de Procedimiento Civil, lo que se evidencia no hizo, incumpliendo en consecuencia con esta obligación procesal recursiva
- Expediente: 361/2013-S
- Magistrada Relatora: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Apelada la Sentencia por la parte demandada y también por los actores (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación, se
- Ahora bien, debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en el fondo tiene
- Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de lo previsto en el artículo
- En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso sub lite, de acuerdo a lo
- Por lo expuesto y evidenciándose que el recurso de casación de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
